- Se reduce de 6 a 2 períodos tributarios consecutivos la exigencia de poseer remanente de crédito fiscal acumulado relacionado a la adquisición de activo fijo.
- Se reduce el plazo que tiene el Servicio de Impuestos Internos para resolver esta solicitud, de 60 a 20 días contados desde la fecha en que reciba los antecedentes correspondientes.
- No es aplicable el nuevo procedimiento general de devoluciones.
Se incorpora un único procedimiento general para solicitar devoluciones de IVA.