Se entiende que un gasto es necesario para producir la renta cuando:
- Tenga aptitud de generar renta, ya sea en el mismo o futuros ejercicios;
- Se vincule al interés, desarrollo o mantención del giro;
- No haya sido rebajado previamente como costo;
- Se encuentre pagado o adeudado durante el ejercicio comercial correspondiente, y
- Se acredite en forma fehaciente ante el SII.
- Gastos incurridos en supermercados y comercios similares
Elimina las restricciones existentes para la deducibilidad de gastos incurridos en supermercados y comercio similares. - Gastos relacionados a vehículos
La calificación previa por el Director Nacional del SII de ciertos gastos relacionados a vehículos como gastos necesarios requerirá de resolución fundada. - Se elimina restricción a la deducibilidad de intereses vinculados a créditos destinados a la adquisición, mantención o explotación de bienes que no produzcan rentas gravadas con IDPC. Dichos intereses serán deducible en la medida que cumplan los requisitos generales de los gastos.
- Entrega de mercadería no destinada a comercialización a entidades sin fines de lucro
Permite la deducibilidad del costo tributario de mercadería cuya comercialización se haga inviable, en la medida que ésta sea entregada gratuitamente a instituciones sin fines de lucro inscritas ante el SII para su distribución gratuita, consumo o utilización entre personas naturales de escasos recursos u otras instituciones sin fines de lucro. - Castigo de créditos incobrables
Flexibiliza el castigo de créditos incobrables con deudores no relacionados que se encuentren impagos por más de 365 días, permitiendo su deducción total o un porcentaje de los mismos. - Depreciación acelerada para contribuyentes con promedio anual de ingresos igual o inferior a UF 100.000Aplica para bienes del activo fijo, nuevos o usados, en virtud del cual el bien se deprecia considerando una vida útil equivalente a 1/10 de aquella fijada por el SII.Adicionalmente, se establece una depreciación instantánea por la adquisición del 50% de los bienes del activo fijo, nuevos o importados, destinados a proyectos de inversión, desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021.
- Asignaciones entregadas a trabajadores
Modifica los requisitos para la deducibilidad de pagos voluntarios por concepto de asignaciones e indemnizaciones laborales, eliminando los criterios de generalidad y uniformidad. Asimismo, autoriza la deducibilidad de diversos tipos de asignaciones en la medida que se relacionen directamente con la naturaleza de la actividad de los trabajadores. - Sueldo patronal
Modifica los requisitos y elimina los límites para la deducibilidad de este gasto. Asimismo, regula y permite deducir remuneraciones pagadas al cónyuge, conviviente civil o hijos, bajo determinados requisitos. - Indemnizaciones por años de servicio en relación a reorganizaciones empresariales y de negociosReconocimiento de la antigüedad laboral en el contexto de reorganizaciones empresariales y de negocios.
- Gastos incurridos en programas de instrucciónAmplía la deducibilidad de gastos incurridos en programas de instrucción a aquellos casos en que los programas sean realizados a través de entidades distintas de la institución donataria.
- Gastos incurridos por exigencias medioambientales en el desarrollo de proyectosBajo el cumplimiento de determinados requisitos, autoriza la deducibilidad de gastos incurridos con motivo de exigencias medioambientales impuestas para la ejecución de un proyecto o actividad, o con ocasión de compromisos ambientales voluntarios incluidos en el estudio o en la declaración de impacto ambiental.
- Compensaciones a clientes establecidas por leyAutoriza la deducibilidad de desembolsos o descuentos destinados a la compensación de daños patrimoniales a clientes o usuarios, ordenada por entidades fiscalizadoras en casos de responsabilidad objetiva.
- Pagos realizados en virtud de transacciones judiciales o extrajudiciales, o de cláusulas penalesAutoriza la deducibilidad de desembolsos acordados entre partes no relacionadas, en virtud de transacciones judiciales o extrajudiciales o en cumplimiento de cláusulas penales.
- Proporcionalización de gastos y desembolsos de utilización comúnEstablece tres métodos para la proporcionalización de gastos y desembolsos imputables tanto a rentas gravadas como a ingresos no renta o rentas exentas de impuestos finales.