Se reincorporan las modificaciones al procedimiento de reclamación que no alcanzaron el quórum de aprobación en la Cámara de Diputados, entre ellas:
- Se permite la interposición del recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de primera instancia
- Se regulan las causales por las cuales procederá el recurso de casación en la forma en contra de la sentencia de segunda instancia